EXCESO DE PROFEPA EN ASUNTO PLAZA SENDERO. GARCÍA CONTRERAS.

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– En enero denuncia ante Profepa por rellenos en esteros por vecinos de Casa Redonda y no resuelven.
– En plaza Sendero, resuelven Fast Track.
– Y los cambios de uso de suelo del Libramiento II, y de los terrenos aledaños que suman 17 hectáreas?.
El criterio de Ley debe ser homogéneo y no discrecional, es decir a unos sí y a otros no, esto en cuanto a la aplicación y permisividad, advirtió el director de Ecología, Angel García Contreras, al solicitar sinaloanelinea.com su opinión en torno al caso de Plaza Sendero.
Ejemplificó lo anterior en el sentido de que a petición de vecinos, al dependencia a su cargo, presentó en el mes de enero por rellenos en el caso del estero y ésta se recepcionó hace algunos días, para dar curso y vaya a dictamen de un juez.
Aquí la Profepa se tardó cuando hay tala de mangle, relleno de estero y es zona federal y en el asunto de la Plaza Sendero se actuó de fast track..
Recordó que se vive, cuando menos en la Ley, en un régimen republicano y federalista acorde a lo estipulado en los artículos 27 y 73 constitucional; donde se especifica claramente lo que son la división de poderes y las facultad que competen a cada ámbito de gobierno, empero la percepción es permanecer supeditados al Estado y la Federación.
Indicó que el Plan de desarrollo Urbano Municipal estipula el uso de suelo del cuarenta por ciento del municipio, en tanto que los otros usos son federales, de acuerdo a la determinación del Inegi, como forestal, silvícola, ganadero y agrícola; empero, en el caso de Plaza Sendero se determina que es comercial y de servicios y, en el caso de especies reservadas o en peligro, que en este caso lo representa una especie de iguana, se recomienda ahuyentarla antes de hacer despalme y desmonte.
Imponiendo, en grado caso medidas compensatorios, mas no la clausura; lo cual en este caso sienta un mal precedente para futuras inversiones.
García Contreras manifestó que, incluso, en el caso de especies reservadas para aprovechamiento forestal como puede ser el caso de ébanos se especifica que deben de ocupar entre los 15 y 20 centímetros de diámetro.
“Desde mi punto de vista si hay un exceso que deja un mal precedente dentro de la autonomía municipal. Para mi es más grave un relleno deliberado de esteros porque ello está generando la vulnerabilidad de la ciudad en cuanto a riesgo de inundaciones, además de que es un delito federal tipificado en el Código que lo que acaban de hacer en plaza Senderos”.
En ese sentido, el director de Ecología dijo que no se está a favor de que se violente la normatividad ambiental y una muestra de ello es que la dependencia a su cargo a aplicado más de 400 correctivos a empresas que han incurrido en diversas anomalías en cuanto al cumplimiento de la normatividad.
Para finalizar cuestionó donde están los dictámenes de cambio de uso de suelo que permitieron la construcción del libramiento II o del terreno contiguo, de 17 hectáreas, que abarca de la Cristóbal Colón a la Avenida La Marina.