Juez otorga suspensión a empresa de EU que impugnó reforma al outsourcing

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Es la primera suspensión que se concede a una empresa, la cual podrá, por el momento, continuar con la subcontratación con las reglas vigentes antes de la reforma.

Una jueza federal otorgó la primera suspensión provisional contra la reforma en materia de subcontratación laboral, también llamada outsourcing, medida cautelar que beneficiará por el momento a una empresa de Estados Unidos.

María del Carmen Leticia Hernández Guerrero, jueza Primero de Distrito en Materias Civil y de Trabajo con sede en Nuevo León, otorgó la suspensión a la compañía Mary Kay, la cual impugnó la reforma que regula el outsourcing.

La empresa podrá, por el momento, continuar con la subcontratación con las reglas vigentes antes de la reforma.

La compañía solicitó la suspensión del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social, Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado, Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B) del artículo 123 Constitucional, Ley Reglamentaria de la fracción XII Bis del apartado B, del artículo 123 de la Constitución, en materia de Subcontratación Laboral, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril de este año.

Así como el acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, publicada el pasado 24 de mayo.

La juzgadora señaló en su resolución que, del examen somero y acercamiento superficial del Decreto reclamado de inconstitucional, “se observa que en su artículo primero transitorio efectivamente contiene diferentes momentos para que entre en vigor el decreto, lo que de suyo implica que para los quejosos entrará en vigor en un momento y para otras personas, en otro”.

Lo anterior, explicó, pudiera contravenir los artículos 1 y 4 de la Constitución Federal.

“Igualmente, se estima existe peligro en la demora, ante los daños de difícil e incluso de imposible reparación que ocasionaría, de ejecutarse las consecuencias y efectos jurídicos de las disposiciones normativas reclamadas, ya que de permitir la aplicación de éstas se privaría a las empresas quejosas del tiempo necesario para cumplir con los requisitos y obligaciones que la normativa impugnada contiene”, apuntó.

La empresa promovió el amparo el 7 de junio.

A partir de la entrada en vigor del Decreto, se fijó un plazo de 30 días a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para expedir las disposiciones de carácter general del registro que alimentará un padrón en el que se darán de alta las empresas subcontratistas.

Por su parte, las compañías tienen 90 días, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, para regularizar a su personal y eliminar los esquemas de outsourcing e insourcing.

La jueza fijó para el próximo 18 de junio la celebración de la audiencia donde determinará si otorga o no la suspensión definitiva.

Decenas de empresas han promovido amparos contra la reforma, pero otros jueces han señalado incompetencia por razón de materia y los han enviado a los de trabajo.

Información por MILENIO