FGR pide a Interpol girar ficha roja contra Carlos Treviño, ex director de Pemex

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Se dio a conocer el sábado que el ex director de Pemex salió del país en una aeronave privada desde el aeropuerto de Toluca con destino a Texas. 

Luego de que huyera de México el 6 de septiembre, la Fiscalía General de la República (FGR) solicitó a la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol) emitir una alerta migratoria, así como la respectiva notificación roja para buscar en 194 países al ex director de Pemex, Carlos Treviño.

Se dio a conocer el sábado pasado que el ex director de Pemex salió del país en una aeronave privada desde el aeropuerto Internacional de Toluca con destino a Houston, Texas.

“Solicito de usted tenga a bien girar sus apreciables instrucciones a quien corresponda, a efecto de que se emita la alerta migratoria y la respectiva notificación roja, para lo cual me permito proporcionar la siguiente información del investigado.

“Solicitando además, se sirva designar elementos a su cargo, para que se aboquen al cumplimiento del citado mandamiento de captura, debiendo notificar lo conducente al suscrito y poner a disposición inmediata al requerido ante el Juez de Distrito antes mencionado”, detalla el oficio UIL-B-CGI-189/2021, del cual MILENIO tiene copia, dirigido a Jorge Domínguez Martínez Vértiz de la Dirección General de Asuntos Policiales Internacionales Interpol.

Al describir los hechos, la FGR describió, respecto al delito de asociación delictuosa, que Treviño Medina “formó parte de una asociación de hecho, cuyos efectos son visibles dentro de la República mexicana, entre el primer trimestre de 2013 y el mes de septiembre de 2014, con el propósito de llevar a cabo diversas conductas delictivas, entre ellas operaciones con recursos de procedencia Ilícita.

En cuanto al delito de lavado de dinero, el Ministerio Público de la Federación precisó que, entre el día 17 y 20 de septiembre de 2014, “recibió por si, dentro del territorio nacional, recursos en efectivo en cantidad de 4 millones de pesos en su domicilio particular ubicado” en el Estado de México, “los cuales le fueron entregados por conducto de Norberto Gallardo Vargas con motivo de la continuidad ilegal del contrato de Suministro de Etano, celebrado entre Pemex Gas y Petroquímica Básica y Braskem, ello con el conocimiento de que dichos recursos procedían de una actividad ilícita”.

Respecto elementos de presunción de su probable localización en el extranjero, la Fiscalía adjuntó el oficio INM/OSCJ/DAJ/SC/5203/2021, fechado el 7 de septiembre de 2021, firmado por el subdirector de lo Contencioso de la Subcomisión Jurídica del Instituto Nacional de Migración, “del que se advierte que el 6 de septiembre, Carlos Alberto Treviño Medina registró una salida al extranjero en un vuelo privado a bordo de la aeronave con matrícula XA-IZA desde el aeropuerto internacional de Toluca, Estado de México.

El Ministerio Público de la Federación también adjunto el oficio FGR/ AIC/CENAPl/15628/2021, también con fecha del septiembre de 2021, éste suscrito por el supervisor de Analistas del Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia, por el cual informó que respecto de la aeronave con matrícula XA-IZA salió del aeropuerto Internacional de Toluca el 6 de septiembre de 2021 a las 21:04 horas, aterrizando en Houston, Texas, a las 23:01 horas del mismo día. Aeronave que tiene en posesión la empresa Servicios Aéreos Soffly, cuyo objeto social es la prestación de servicio de taxi aéreo nacional e internacional.

Por último se entregó el oficio INM/OSCJ/DAJ/SC/5288/2021 de 13 de septiembre de 2021, suscrito por el subdirector de lo Contencioso de la Subcomisión Jurídica del Instituto Nacional de Migración, por el cual informó que hasta esa fecha no se localizaron registros y/o datos de que el imputado Carlos Alberto Treviño Medina, hubiere regresado a nuestro país.

En cuanto a la fundamentación del delito, la FGR explicó que ilícitos que se le imputan de asociación delictuosa y operaciones con recursos de procedencia ilícita se encuentran sancionados “con pena privativa de libertad de 5 a 10 años, el primero, mientras que 5 a 15 años, el segundo.

Información por MILENIO