¿Eres adolescente? Así puedes cambiar tu acta de nacimiento en CdMx según tu identidad de género

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El trámite ya se puede realizar de forma administrativa, ante la Dirección General del Registro Civil. Te decimos qué necesitas y cómo solicitar los cambios. 

¿Quieres cambiar tu nombre de acuerdo al género con que te identificas, pero eres menor de edad? En la Ciudad de México ya es posible modificar el acta de nacimiento conforme a la identidad de género de los adolescentes, a partir de 12 años cumplidos, luego de que el gobierno capitalino emitió un decreto para que el trámite se realice de forma administrativa, ya que anteriormente era un proceso judicial.

El decreto entró en vigor el 27 de agosto, tras su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, con el objetivo de garantizar los derechos humanos de los adolescentes y su identidad de género. Aquí te decimos cuáles son los requisitos y cómo realizarlo paso a paso.

¿Cómo modificar el acta de nacimiento de menores de edad en CdMx?

El trámite debe realizarse ante la Dirección General del Registro Civil de la Ciudad de México, presentando la solicitud para realizar el cambio y  la documentación correspondiente.

Requisitos

Enviar un correo solicitando una cita para modificar el acta de nacimiento conforme a identidad de género, al correo jc.dgrc.cdmx@gmail.com, confirmando que el adolescente:

  • Es de nacionalidad mexicana.
  • Se autopercibe con un género diferente al que se asentó en su registro de nacimiento primigenio.
  • Es su voluntad obtener una nueva acta de nacimiento que concuerde con género con el cual se identifica.
  • Que tiene conocimiento de la trascendencia y alcances jurídico-administrativos del procedimiento.

¿Qué documentos necesitas?

  • Copia certificada del acta de nacimiento de la persona, expedida por la Dirección General del Registro Civil de la Ciudad de México, que acredite que cuenta con al menos 12 años cumplidos.
  • Identificación oficial, en original y copia.
  • Autorización escrita del padre, madre o tutor que la persona adolescente determine para que le acompañe durante el procedimiento.
  • En caso de padres o madres no presentes, se deberá manifestar bajo protesta de decir verdad que dicha persona está ausente, desaparecida o que no han tenido noticias suyas.

Información por MILENIO