– Aplicación estricta del Reglamento de la Ley de Bienes Nacionales.
– Ningún prestador de servicios debe de estar a menor de 20 metros de la marea más alta.
Ningún prestador de servicios deberá de estar a menos de 20 metros de la marea más alta, en la playa certificada que va de Fiesta Land a las Flores, en estricto apego a lo que marca el reglamento de la Ley de Bienes Nacionales, donde se señala, entre otras cosas, que no se debe de obstruir el paso de los turistas.
Ángel García Contreras, director de Ecología municipal expresó que tan sólo en ese tramo de playa había casi 20 prestadores de servicios, los cuales en las mañanas podrán bajar sus equipos deportivos y de pesca acuática hacia el nivel de la playa, en tanto que en la tarde después de los limites de los 20 metros para que este totalmente libre.
En una reunión sostenida entre las instancias involucradas con dichos prestadores de servicios se trato ese asunto, además del hecho de que se debe de limpiar la zona porque ha habido residuos que generan mala imagen.
“Nosotros –como Ayuntamiento- tenemos dos años regulando esta zona que a diario recibe barrido mecánico; pero este debería de ser un modelo permanente que se aplique en todas las playas, incluidas las de la Isla de la Piedra, porque en esa otra área se está generando un proceso de anarquía”.
Se han recibido quejas en el sentido de que la propia SCT esta otorgando permisos provisionales para operación de equipos deportivos en esa zona; por ello se debe de buscar que los tres niveles de gobierno muestren disposición en aplicar el Reglamento y este se replique en todas las zonas de playa, pues se trata, primordialmente, de que nadie obstruya el paso.