Respecto a la sentencia del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Segundo Circuito, que resuelve el recurso de queja Número 65/2023 interpuesto por el H. Congreso del Estado en contra de la suspensión provisional otorgada a un Consejero Universitario por el Juez Octavo de Distrito, la Universidad Autónoma de Sinaloa comunica lo siguiente:
1.- El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Segundo Circuito resolvió declarando infundado el recurso de queja interpuesto por el H. Congreso del Estado, por lo cual la suspensión sigue vigente y por ende, detiene las arbitrariedades en las que pudiera incurrir el H. Congreso del Estado de Sinaloa y otras autoridades.
2.- En medios de comunicación se difundió información imprecisa en el sentido de que señalaban que se había determinado que el Congreso no estaba impedido para reformar la Ley Orgánica, cuando formal y legalmente la resolución es absolutamente contraria, es decir, el Tribunal le da la razón al Consejero Universitario y declara infundado el recurso de queja que tramitó el H. Congreso de Sinaloa.
La Universidad Autónoma de Sinaloa hace un llamado a la comunidad universitaria y a la sociedad en general a que se mantenga debidamente informada a través de los canales institucionales para evitar malos entendidos o especulaciones en este y cualquier otro tema concerniente a la institución.