Aunque impugne fallo sobre Salgado y Morón, Morena debe cumplir con plazos del INE

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Los plazos que el INE impuso a Morena para presentar sustitutos no se suspendes si el partido impugna la decisión, por lo que debe de acatar la orden o sería amonestado ahora por los institutos locales. 

Las resoluciones del Instituto Nacional Electoral “no tienen efectos suspensivos”, por lo que Morena está obligado a acatar los plazos para presentar a sus candidatos sustitutos a la gubernatura de Guerrero y Michoacán, independientemente de si presenta o no una impugnación ante el Tribunal Electoral.

Luego de que el pasado martes el Consejo General reiteró las sanciones de pérdida de registro para Félix Salgado Macedonio en Guerrero y Raúl Morón en Michoacán, decisión que por orden de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación indica un periodo de 48 horas para que presenten un sustituto en Guerrero y cinco días en el caso de Michoacán.

Morena señaló que siguen a la espera de que se les notifiquen las amonestaciones de manera formal, para poder tramitar las impugnaciones de ambas decisiones ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Este medio confirmó que hasta ayer por la noche, el INE no había emitido las notificaciones correspondientes porque la Unidad Técnica de Fiscalización continúa elaborando los engroses que incluyen los argumentos de la votación de las y los consejeros, para lo que tiene 72 horas una vez concluida la sesión en que el Consejo General emitió su votación, es decir, el engrose deberá estar listo a más tardar este viernes por la noche.

A partir de ese momento, el INE notificará a Morena y comenzarán a correr los plazos para que el partido acate la orden de presentar sustitutos para participar en las contiendas de esas dos entidades.

Aunque Salgado Macedonio, Morón y el presidente del partido Mario Delgado han señalado que no hay un plan B para las candidaturas pues impugnarán ambas resoluciones, la consejera Claudia Zavala explicó a MILENIO que los plazos impuestos por el INE corren de manera normal más allá de si se impugnan o no, pues se mantienen en firme hasta que el TEPJF diga lo contrario y los deje sin efectos.

“Lo que define el INE no tiene efectos suspensivos. El Tribunal ordena al INE, se acata y una vez notificado surte sus efectos. La impugnación de los actos de autoridad no tiene efectos suspensivos, esa es una regla general ordinaria en el tema electoral, los actos siguen generando sus efectos hasta que una autoridad los revoca o los modifica”, detalló.

En entrevista con MILENIO, la consejera explicó que al tratarse de candidaturas locales, el INE debe dar vista a los Organismos Públicos Locales Electorales de ambas entidades para que registren los tiempos de cumplimiento y lleven a cabo los registros de los sustitutos.

Señaló que ésta es una facultad de los institutos locales, pero el INE tuvo que acatar la orden del TEPJF que instruyó al Consejo General expresamente, a prever los tiempos para que se nombraran sustitutos en caso de reiterar la máxima pena por las omisiones en materia de fiscalización, que es la pérdida de registro.

“Lo que estamos haciendo es remitiéndonos a las reglas locales para que conforme lo que se indica se sustituya.

En el caso de Guerrero ya era un candidato registrado, entonces estamos dando las 48 horas para que ante el OPLE de Guerrero sustituya. “En Michoacán no se concedió el registro, por eso ahí se está dando el plazo legal para que presenten candidatura porque no tienen candidato registrado”.

De este modo, en el caso de Guerrero, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del estado señala que la sustitución de candidatos se dará en caso de ausencia, fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia; lo que desde el análisis de la consejera encuadraría en la ausencia de candidato por una sanción en materia de fiscalización.

El procedimiento que enmarca el artículo 277 es que el partido debe hacer la solicitud de candidatura, presentar su nueva propuesta, que el consejo local lo analice y avale si es que se cumplen con todos los requisitos. El mismo consejo es el que deberá de definir qué sucederá si no se cumple la prórroga impuesta por el INE.

La ley federal, por ejemplo, señala que si no se cumple con estas imposiciones, la autoridad electoral amonestará al partido y le dará una prórroga adicional de 24 horas para presentar a su candidato o candidata sustituta.

Esto se realizará mientras a la par, el Tribunal Electoral analizará la impugnación del partido, en caso de revocar la decisión del INE, la pérdida de registro de Salgado Macedonio dejará de tener efecto y Morena podrá volver a presentar su candidatura, dejando también sin efectos la sustitución que realizó.

Información por MILENIO