* La iniciativa presentada por el diputado Martín Pérez Torres busca ayudar a las juntas de agua potable en la recuperación de su cartera vencida
El Congreso del Estado aprobó la iniciativa presentada por el diputado del Partido Acción Nacional Martín Pérez Torres, con reformas a la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa que busca dar elementos a las juntas de agua potable para salir de sus graves problemas de cartera vencida.
Sobre el tema el diputado Pérez Torres dijo que estas reformas permitirán la recuperación de la cartera vencida de las juntas de agua potable, claro está que deberán definir plazos de gracia bien establecidos en el caso de algún tipo de recargo que se reduzca a los usuarios con problemas de pago.
Explicó que los análisis que hicieron en Mazatlán la recuperación de cartera en corto plazo pudieran llegar entre el 40 y 50 por ciento y se estima que eso sería igual para el resto de los municipios del Estado.
La iniciativa en un artículo único contempla lo siguiente: “Se reforma la fracción II del artículo 16 y se adicionan una fracción VI al artículo 17, recorriéndose las vigentes en forma subsecuente y una fracción VIII al artículo 18, recorriéndose las vigentes en forma subsecuente y un artículo 51 Bis a la Ley de Agua potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa para quedar como sigue:
Facturar y recaudar el importe de los servicios conforme a las tarifas y cuotas en vigor, así como los adeudos generados por el incumplimiento de los pagos oportunos; mismos que tendrán el carácter de créditos fiscales para efectos de la presente Ley.
Aprobar los programas de condonación de multas y recargos derivados del incumplimiento del pago oportuno de las tarifas y cuotas que propongan los Gerentes Generales de las Juntas, así como examinar
y aprobar los estados financieros, los balances y los informes, generales y especiales, que deba prestar el gerente general y Las demás que sean congruentes con las funciones y atribuciones de los Organismos.
Otro punto de la reforma es “proponer al consejo, en su caso, el programa anual de descuentos en los términos que establece el artículo 51 Bis de esta Ley”.
Se contempla también que las juntas puedan formular los proyectos de tarifas y cuotas para el cobro de los servicios y someterlos a la consideración del Consejo Directivo respectivo.
El antes citado artículo 51 Bis menciona que las Juntas de Agua Potable y Alcantarillado de los municipios del Estado de Sinaloa, podrán realizar la condonación de multas y recargos de carácter general en un ejercicio fiscal, hasta el 100% cuando se conceda en un periodo de treinta días y del 50% por los siguientes treinta días. En casos particulares, podrá condonar multas y recargos hasta el 50% cuando se compruebe que la falta de pago se motivó por penuria económica de los contribuyentes.