El día de ayer el pleno del Senado de la República aprobó la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, que contendrá información de padres deudores y acreedores de pensiones alimenticias para sus hijos menores de edad.
Se establece que los padres deudores no podrán tramitar pasaportes para viajar al extranjero y licencias para conducir; no podrán contender por cargos de elección popular ni casarse, entre otros trámites.
No podrán participar como candidato a cargos de elección popular; participar en procesos de selección para asumir el cargo de personas juzgadoras en el ámbito local y federal; trámites realizados ante notario público relativos a la compra-venta de inmuebles, la constitución o transmisión de derechos reales.
Durante esta sesión ordinaria también se acordó por unanimidad con 86 votos a favor la reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, previamente avalada por la Cámara de Diputados, por lo que se turnó al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Se informó que el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias será un órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal que tendrá como finalidad identificar a deudores y acreedores de obligaciones alimentarias establecidas en resolución judicial firme a terceros relacionados con dichas obligaciones y brindar información en la materia.
El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), es quien operara este registro, el cual contará con 300 días hábiles, a partir de la entrada en vigor del decreto, para su implementación.
También se requerirá dicho certificado en las solicitudes de matrimonio, situación en la que la persona oficial del Registro Civil, deberá hacer del conocimiento de los contrayentes, si alguno se encuentra en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.