El Primer Tribunal Colegiado en materia Administrativa en el Estado de México otorgó la suspensión al director de la empresa textilera Novalan
Un tribunal ordenó parar la construcción del Aeropuerto Internacional General “Felipe Ángeles” en Santa Lucía hasta que el gobierno federal acredite la posesión de los dictámenes y permisos ambientales que comprueben que la obra no afectará al medio ambiente.
El Primer Tribunal Colegiado en materia Administrativa en el Estado de México otorgó la suspensión al director de la empresa textilera Novalan, S. A. de C. V., Juan Ramón Morera Mitre.
El empresario tramitó en un principio un amparo en contra de la cancelación del Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAIM).
En el juicio de amparo, un juez de distrito negó la suspensión al considerar que el empresario no tenía un interés legítimo para tramitar el juicio, tras lo cual Morera presentó un recurso de queja, resuelto el pasado 30 de mayo.
Argumentó que la ejecución de Santa Lucía se llevó a cabo sin tener las autorizaciones y permisos necesarios en materia de impacto ambiental.
Los magistrados consideraron en su resolución que de no otorgarse la suspensión, se ejecutarían los actos en perjuicio del medio ambiente y de manera irreparable para la sociedad.
“Se concede al quejoso la suspensión provisional de las consecuencias de los actos reclamados, para el efecto de que se detenga la construcción del Aeropuerto Internacional de Santa Lucía, hasta que sea factible verificar que la obra cuenta con los dictámenes y permisos ambientales conducentes, a fin de garantizar que no afectará el medio ambiente”, se lee en la resolución del Tribunal Colegiado.
Ante esta situación, la medida estará vigente hasta que un juez resuelva la suspensión definitiva, y de concederla, estará vigente hasta que sea dictada sentencia en el amparo.
“Es de capital importancia precisar que la suspensión provisional, así concedida, no hace más que proteger el medio ambiente, conforme a los principios de precaución, indubio pronatura, no regresividad, razonabilidad y flexibilidad, anteriormente desarrollados en la presente ejecutoria; de forma que no se prohíbe la construcción del Aeropuerto Internacional de Santa Lucía, sino que única y exclusivamente se concede la medida cautelar para que su construcción se paralice hasta en tanto se verifique que cuenta con los dictámenes y permisos ambientales conforme a las leyes y reglamentos correspondientes”, señala la sentencia.