Socios de García Luna piden a tribunal de Florida desestimar acusación de la UIF

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En la demanda se acusa a ocho personas y 39 entidades de participar en un “esquema de contratación gubernamental ilegal” para “robar fondos” al gobierno de México. 

Alegando que el tribunal de Florida carece de la jurisdicción para actuar en su contra, socios de Genaro García Luna, ex secretario de Seguridad Pública, pidieron a la corte del condado de Miami-Dale, que desestime la demanda ingresada a nombre de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) donde se acusa a ocho personas y 39 entidades de participar en un “esquema de contratación gubernamental ilegal” para “robar fondos” al gobierno de México.

En ninguno de los dos escritos, donde dos personas y ocho entidades buscan ser sacados de la acusación, aparecen quienes la encabezan: Genaro García Luna y su esposa Linda Cristina Pereyra de García.

A través de la demanda ingresada en septiembre del 2021, la UIF busca recuperar los más de 250 millones de dólares que formaron parte de dichos convenios, pero, a decir de la defensa, lo hace “con base en unas pocas alegaciones vagas e indefinidas salpicadas de palabras incendiarias como ‘contratación ilegal’, ‘lavado de dinero’, ‘soborno’ y ‘manipulación de ofertas’”.

Jeffrey C. Schneider y Victoria J. Wilson, defensores de los acusados,  han manifestado que el caso es “un abuso alarmante” y acusa a la UIF de buscar utilizar el sistema judicial del estado de Florida para recuperar fondos de contratos no identificados celebrados en México. Sin embargo, dicen, la parte acusadora “no alega que dichos contratos hayan sido invalidados en México o que los bienes y servicios contratados no hayan sido efectivamente provistos”.

En la primera moción, Alexis Weinberg Pinto, Sylvia Donna Pinto de Weinberg y las empresas Nunvav y Gull Holding Sunshine, éstas dos últimas descritas como los “Acusados Panameños”, reclaman, a través de una declaración jurada de Weinberg Pinto, que dichas empresas se hallan establecidas en Panamá y no tienen representación física o jurídica en Florida por lo que el tribunal de Miami “carece de jurisdicción” sobre ellos.

Para reforzar este argumento, muestran la parte del contrato firmado con el gobierno mexicano donde se aclara que “la interpretación y cumplimiento las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales con domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal”. Insisten, además, que al no presentar los presuntos contratos fraudulentos en los que basa su reclamo “el demandante viola las Reglas de Procedimiento Civil de Florida”.

El segundo punto para pedir desestimar la demanda es que Florida no es el foro adecuado puesto que los convenios “se celebraron en México con agencias mexicanas, por servicios que se prestaron en México, en contratos del gobierno mexicano, que se obtuvieron ilegalmente a través de una conspiración que involucró a funcionarios del gobierno mexicano”. Insisten que cualquier evidencia de los sobornos o corrupción deben buscarla en México que es “claramente el foro correcto” para estos reclamos, según litigantes del despacho Levine Kellogg Lehman Schnaider & Grossman LLP.

En la segunda moción ingresada a la Corte, repiten con un poco de sorna que la demanda de la UIF habla de “funcionarios no identificados del gobierno mexicano” que fueron sobornados “por personas no identificadas en momentos no identificados” que trajo como resultado “contratos no especificados” en la demanda.

“No hay un solo alegato sobre quién fue sobornado, por quién, cuándo, por cuánto, o quién debió obtener los contratos, o qué procedimientos no se siguieron”, reclaman.

En este segundo escrito, buscan desestimar a empresas ligadas a la denominación social Península, así como a Dynasty Trust. Ellos insisten que la demanda de la UIF “no establece ningún hecho que satisfaga los requisitos de la Ley Uniforme de Transferencias Fraudulentas de Florida” ya que el abogado que contrató el gobierno mexicano Carlos A, Acevedo, no aporta “ningún hecho que respalde el presunto fraude en particular”.

Insisten que los reclamos de transferencia fraudulenta deben desestimarse porque “el demandante carece de legitimación, no identifica la transferencia específica en la que se basan los reclamos y no establece una causa de acción para la transferencia fraudulenta real”, sumado al hecho de que las transferencias fraudulentas (no identificadas) ocurrieron “fuera del estatuto de limitaciones”.

Jeffrey C. Schneider y Victoria J. Wilson, defensores de los acusados, anunciaron que “en un esfuerzo de buena fe” pidieron por teléfono el 30 de diciembre pasado a Carlos A. Acevedo, resolver la petición sin recurrir a la corte, pero que el abogado que representa al gobierno de México “no pudo resolver o reducir el problema” que ahora queda en manos del juez.

Información por MILENIO