El máximo tribunal concede por unanimidad un amparo liso y llano a Gonzalo García, Juan Luis López y Héctor Muñoz, protagonistas del documental de Netflix ‘Duda razonable’
Después de siete años y medio en una cárcel de Tabasco, Gonzalo García, Juan Luis López y Héctor Muñoz van a ser liberados. Los 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación han sido unánimes al considerar que las pruebas de la Fiscalía fueron insuficientes para condenarlos por tentativa de secuestro y han concedido un amparo liso y llano que implica su liberación inmediata. En una sesión que ha dejado al descubierto las deficiencias e irregularidades de los agentes, fiscales y jueces involucrados en el caso, retratado en el documental de Netflix Duda razonable, el pleno del alto tribunal de México se ha erigido como la herramienta para “corregir una grave injusticia”.
El 20 de junio de 2015, Héctor Muñoz sufrió un accidente de tráfico con una camioneta frente a una gasolinera en Ciudad Pemex (Tabasco). Tras una riña con el conductor, identificado como A. C. P., y de recibir un disparo en la mano, Héctor fue detenido y acusado de haber intentado secuestrar a este individuo. Además de a él, los agentes arrestaron a otros dos hombres —Gonzalo García y Juan Luis López— que estaban descansando dentro de su vehículo en esa misma gasolinera. Los acusaron y los presentaron como una banda de secuestradores.
La Suprema Corte ha dejado probado que los policías no pidieron las grabaciones del lugar de los hechos, no entrevistaron a ningún testigo, se contradicen entre sus versiones, no identificaron ningún indicio, no encontraron ninguna comunicación entre los tres hombres, no aseguraron armas ni respetaron la cadena de custodia de los objetos y vehículos involucrados. La única testigo de los hechos defendía la inocencia de los acusados.
Nada más ser detenidos, los tres hombres fueron llevados a un edificio secreto de la Fiscalía donde fueron torturados: sufrieron golpes y ahogamientos con bolsas de plástico. Dos días más tarde el Ministerio Público concedió que no había pruebas suficientes para probar la tentativa de secuestro y ordenó su liberación. Sin embargo, en el primero de muchos giros inverosímiles, los agentes los detuvieron entonces por el secuestro de la hermana de A. C. P., identificada como G. L. P., que había sucedido el 26 de mayo de 2015.
La entrada en escena del documentalista Roberto Hernández y del abogado Andrés Andrade consiguió en junio de 2017 la absolución de los tres hombres por el delito de secuestro de G. L. P. Los hombres tenían fuertes coartadas para el día en que la mujer había sido privada de la libertad. Un crimen para el que, además, ya habían otros hombres detenidos. El mismo día que tenían que ser puestos en libertad, la Fiscalía lo evitó relanzando la acusación por el intento de secuestro de A. C. P. Habían pasado dos años y no había ninguna prueba nueva. Fueron vinculados a proceso y enviados a prisión preventiva oficiosa.
El lugar equivocado en el momento equivocado
En febrero de 2018 comienza el juicio oral en la Tercera Sala Penal de Oralidad del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tabasco. Ese proceso judicial, que consideró culpables a los tres hombres y los condenó a tres años y seis meses de cárcel, es el que ha analizado la SCJN. Los ministros han considerado que se violó de forma absoluta el derecho a la presunción de inocencia de Gonzalo, Juan Luis y Héctor. Y que los jueces recargaron a los acusados con la responsabilidad de probar su inocencia, cuando es al contrario: la Fiscalía es quien debe probar la culpabilidad del acusado.
“Este caso exhibe una insuficiencia probatoria tan patente que la defensa pudo haber ejercido el derecho a guardar silencio —es decir, pudo haber callado, pudo no haber ofrecido una teoría alternativa de los hechos— y aun así estaríamos en condiciones de afirmar que la Fiscalía no reunió los elementos necesarios para soportar la carga probatoria que le correspondía”, ha señalado el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, ponente del proyecto.
Después de un repaso exhaustivo a todas las pruebas, testimonios y evidencias que probaban que los tres hombres no habían tenido intención de secuestrar a A. C. P., y que los jueces no consideraron, Gutiérrez Ortiz Mena también señala: “La única manera de explicar un ejercicio de desestimación tan tajante como el que fue adoptado por el tribunal de juicio oral es una constante presunción de culpabilidad”.
El proyecto del ministro también da voz a la defensa de los tres acusados, que aseguraba que todo “era producto de una fabricación dolosa por parte de la Fiscalía, la cual habría arrastrado una serie de errores desde el primer proceso impulsado contra de los quejosos por el secuestro de G. L. P., hermana de A. C. P., y que ahora, de alguna manera, buscaba compensar con la persecución de una nueva acusación evidentemente infundada”.
Los ministros han sido tajantes respecto a la actuación de las autoridades: “Es un típico caso donde simplemente tres personas estuvieron en el lugar equivocado, en el momento equivocado, donde la arbitrariedad y el abuso de poder se hace patente, donde se tortura, donde se fabrican pruebas, donde se fabrican culpables y donde la justicia no importa, lo único que importa es satisfacer un deseo, no sé si estadístico o de qué otro tipo de la autoridad”, ha argumentado tajante Arturo Zaldívar, presidente de la SCJN.
“Es un cúmulo de irregularidades, considero que esta Suprema Corte no puede quedar callada ante la violación de su derecho a la libertad, no podemos guardar un cómplice silencio, fueron falsamente inculpadas”, ha dicho la ministra Yazmín Esquivel este jueves, “propongo el más alto grado de reparación posible y dar vista a las autoridades para que se abran las indagatorias esclarecer las responsabilidades administrativas y penales que procedan”.
“Es un caso de abierta injusticia: un error judicial”
La alarmante cadena de errores judiciales no quedó ahí. Los abogados de Gonzalo, Juan Luis y Héctor no apelaron la condena de tres años y seis meses que impuso el tribunal, porque prácticamente ellos ya llevaban ese tiempo en prisión, por lo que iban a salir libres mucho antes que si apelaban la sentencia, pese a considerarla injusta. En el último momento fue la Fiscalía quien apeló la decisión y un tribunal de apelación de Tabasco cambió la condena: les dictó 50 años de prisión en vez de tres. “Este es un caso de abierta injusticia: un error judicial. De manera totalmente injusta e ilegal se les reclasificó el delito, es como si hubiera sido un nuevo procedimiento, nada más que utilizaron la apelación”, ha dicho la ministra Loretta Ortiz.
Aquí entra el poder de la Suprema Corte. Según el procedimiento, no se puede solicitar un amparo directo si la defensa no ha agotado los recursos en el procedimiento ordinario, es decir, si no ha apelado la sentencia cuando tuvo posibilidad. Este caso, que fue ofrecido al pleno por Zaldívar, podía sentar un precedente de excepción a esta norma cuando se den algunos requisitos como que quien apele la condena sea la Fiscalía y que de ese resultado se agrave considerablemente la sentencia.
“Esta decisión va más allá de algo legal, va a ayudar a otras personas que están privadas de la libertad, porque abre la puerta a que el derecho penal sea más flexible, a dejar de lado esta visión tan formalista de los procesos”, apunta la coordinadora de proyectos en Impunidad Cero, Leslie Jiménez, “este caso conmemora todo lo que la Corte tiene que tener en cuenta para el análisis de otros casos, en los que existan tecnicismos que están dificultando el acceso a la justicia”. En esa misma línea se expresa Luis Tapia, abogado especialista en derechos humanos: “Es muy valioso que la Corte está enviando un mensaje a los tribunales de que lo procesal no es más importante que el fondo, no se deben privilegiar las formas sino la resolución del asunto”.
El documentalista Roberto Hernández, autor de Presunto culpable y Duda razonable, que ha respondido por teléfono a EL PAÍS, celebra la resolución de la Suprema Corte pero pide poner atención en los hilos que quedan colgando del caso. “Algo que siempre me ha preocupado es que quienes orquestaron este caso siguen en puestos de la Fiscalía”, dice Hernández, que menciona a César Oliveros, fiscal antisecuestros en Tabasco que fue contratado para ese mismo puesto ahora en Ciudad de México, con el Gobierno de Claudia Sheinbaum, o el vicefiscal en el caso Juan Francisco Vera Ayala y María del Rosario Delfín Rosales, la fiscal de Alto Impacto de Tabasco, quienes ahora están investigando los casos de secuestro en Puebla. “Lo que debería de ocurrir realmente es que haga una auditoría de todos los casos que intervinieron, no solo es un despido, es una investigación que hecha por tierra lo casos que han participado”, propone Hernández.
El periodista, que confiesa entre risas que soltar esta investigación después de siete años va a ser como “una suerte de desempleo”, apunta a todos los casos como el de Gonzalo, Juan Luis y Héctor que ocurren diariamente en México: “Las instituciones de administración de justicia están capturadas por intereses políticos o por el crimen organizado, no es un sistema que esté orientado a impartir justicia. Entonces hay personas que quedan atrapadas dentro de este sistema y, antes de que se haga una reforma más profunda, solo llegamos a salvar unas cuantas vidas”.