INTERPONE ECOLOGIA DENUNCIA ANTE PROFEPA POR RELLENO DEL ESTERO DE URÍAS.

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RELLENO DE ESTERO DE URIAS III.jpg

– Pide se aplique la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y el Código Penal Federal.

– De “criminal y descarado” califica los rellenos en la zona.

Ante las evidencias tan contundentes que se han observado en el relleno del estero de Urías, concretamente en las orillas de la colonia Casa Redonda, la dirección de Ecología y Medio Ambiente del municipio de Mazatlán presento una denuncia más ante la delegación de la Profepa, encabezada en Sinaloa por Patricia del Carmen Inzunza Alarcón.

Mediante oficio DEMA-032/2014 signado por el titular, Ángel García Contreras se destaca que un grupo de vecinos de una invasión asentada en en el estero de Urías al final de la colonia Casa Redonda, se presentaron ante esta Dirección para exponer que otro grupo se encontraba rellenando masivamente este ecosistema estuarino, generando la obstrucción de un canal artificial que éstos habían construido para evitar, paradójicamente, que dicho asentamiento irregular se inunde.

“Por lo que el 16 de enero del presente año los inspectores adscritos a esta Dirección procedieron atender dicha queja, corroborando, como se demuestra en las fotos anexas al presente, que se está realizando un relleno masivo del estero en la zona antes mencionada. Por lo que con fundamento en lo dispuesto en la normatividad abajo trascrita, le notificó este hecho para que procedan, conforme las facultades y atribuciones de esta dependencia, a realizar lo procedente.

” El documento es acompañado de imágenes que permiten constatar los hechos, así como un plano de la zona. El oficio, cuya copia obra en poder de sinaloaenlinea.com precisa que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que: “Son propiedad de la Nación…la aguas marinas interiores; las de las lagunas y esteros que se comuniquen permanente o intermitentemente con el mar…la de los ríos y sus afluentes directos o indirectos… Por su parte, la Ley de General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, destaca en su artículo 5, que son facultades de la Federación la aplicación de los instrumentos de la política ambiental previstos en esta Ley, en los términos en ella establecidos, así como la regulación de las acciones para la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente que se realicen en bienes y zonas de jurisdicción federal; y en su articulo 28, especifica que quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría: X.- Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales; Ahora bien, cabe precisar que en el artículo 420 Bis del Código Penal Federal Se impondrá pena de dos a diez años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente: Dañe, deseque o rellene humedales, manglares, lagunas, esteros o pantanos. Sobre el tema el director de Ecología, Ángel García Contreras manifestó que la dependencia municipal, en coordinación con otras dependencias realizará la parte que le corresponde y faculta los reglamentos y leyes en la solución de dicha problemática.

Cabe señalar que en la zona en mención coexisten dos grupos de invasores en disputa, lo que puede en determinado momento generar un conflicto de mayores proporciones, a pesar de que ambos grupos actúan en la ilegalidad.