Implicaciones del RFC obligatorio al alcanzar los 18 años

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Dentro del paquete de propuestas aprobadas el pasado 20 de octubre por la Cámara de Diputados relativas a los cambios fiscales para el 2022 nos encontramos con una que particularmente nos llama la atención. Nos referimos a la nueva obligación de incorporar en el Registro Federal de Contribuyentes que el Servicio de Administración Tributaria utiliza para llevar a cabo el cobro de impuestos a todos aquellos jóvenes que alcancen la mayoría de edad.

Es diferente que, por alguna necesidad específica, alguien tenga que darse de alta en el mencionado registro porque ya se encuentre trabajando o por diversas circunstancias a que ya se establezca como una obligación generalizada y permanente.

De conformidad con esta reforma, se modifica el alcance del artículo 27 de código fiscal de la federación y señala que a partir del 1 de enero del próximo año se convierte en obligatorio para todos los que ya tengan 18 años llevar a cabo su trámite para que la autoridad fiscal los incorpore a su registro, en donde les asignará la clave correspondiente incluyendo su homoclave, pero además se les habilitará una contraseña para que puedan acceder al portal electrónico creado para dar servicio al gran universo de pagadores de impuestos y logren efectuar los diversos trámites que les corresponderá, por formar parte de este gran grupo de contribuyentes.Recuerden que la autoridad ha realizado una gran inversión en tecnología que le permite lograr un mejor control y tener un mayor alcance dentro de su labor de cobro de impuestos, y dentro de este orden de ideas, cuando se den de alta a los jóvenes que recién cumplan los dieciocho años, también estarán obligados a tramitar su firma electrónica.

Como parte del trámite mencionado, se incluirán en una base de datos los elementos biométricos para identificarlos, les tomarán sus huellas digitales, la lectura de su iris, fotografía e incorporarán para que queden ligados, sus documentos de identidad, como acta de nacimiento, comprobante de domicilio, entre otros.

La firma electrónica se vuelve obligatoria para realizar diversos trámites ente la propia autoridad fiscal, pero su uso se ha comenzado a extender a diferentes trámites gubernamentales. Con estas medidas observamos que la autoridad logrará tener plenamente identificados a todos los ciudadanos de este país desde el punto de vista de posibles pagadores de impuestos, en el corto plazo y de manera permanente. Una vez que alguien queda incorporado, permanece de por vida, dentro de las pocas condiciones para dar de baja existe la defunción y otros casos especiales.

Ahora bien, es de vital importancia diferenciar que una condición es que alguien se encuentre registrado, identificado y con su información personal capturada —y que, por lo tanto, se logre ejercer un control que genere mejores resultados— y otra muy distinta es que se tenga que cumplir con diferentes obligaciones que surgirán sólo en el momento que inicie actividades laborales, que emprenda un negocio o que genere ingresos que la ley obligue al pago de impuestos.

Las obligaciones que podrían surgir son las de presentar declaraciones mensuales y anuales de impuestos, emitir facturas electrónicas (comprobantes fiscales digitales por internet), solicitar por las compras o pagos que hagan las correspondientes facturas electrónicas, aceptar notificaciones por parte de la autoridad, etcétera.

Sin restar importancia a esta obligación, el hecho de estar incorporado en esta base de datos logra que la autoridad (la fiscal de manera particular) controle y administre a los pagadores de impuestos y a los que en el futuro también lo harán.

El sistema ha sido diseñado para que cualquier actividad económica que los ciudadanos realicen se vuelva detectable y rastreable por los desarrollos informáticos de las instituciones bancarias, entidades gubernamentales, agencias de viajes, empresas vendedoras de autos, instituciones educativas, entre otras. Se observa que, en el futuro, al estar obligados a gestionar el registro federal de contribuyentes, será solicitado de manera obligatoria para efectuar cualquier tipo de trámite, transacción económica y financiera y se incorporarán sus “movimientos” a la gran base de datos en donde todos seremos observados.

Recapitulando y con el propósito de dar certeza, la nueva obligación es darse de alta no conlleva la incorporación de otras obligaciones, sino hasta el momento que se lleven a cabo las actividades que la ley señala como las generadoras del pago de impuestos.

En un inicio, a partir del 1 de enero de 2022, todos aquellos que ya tengan más de 18 años deberán acudir a realizar su trámite y de ahí en adelante, conforme los jóvenes cumplan esa edad, deberán acudir a cumplir con esta nueva obligación e incorporarse al registro detallado en líneas anteriores.

Finalmente, recordemos que esta obligación ayuda a la autoridad gubernamental a mejorar sus procesos de control, pero es necesario (incluso vital) que nazcan regulaciones que aseguren el direccionamiento de dichos recursos, es decir, del gasto público, en beneficio de nuestra nación.