Ciudad de México, a 8 de noviembre de 2021
CASO PAULA MÓNACO
Oralidad mercantil
La periodista Paula Mónaco Felipe sufrió un secuestro exprés en Tijuana a finales de 2018. Cubría el éxodo de centroamericanos en busca del llamado “sueño americano”. Varios hombres armados la llevaron a una casa de seguridad, le robaron equipo de trabajo y sus tarjetas bancarias. Le exigieron los números de NIP, realizaron compras y sacaron dinero en efectivo de cajeros automáticos.
Paula Mónaco Felipe estuvo más de medio año tratando de solucionar su situación en el MP local, en la institución bancaria, en Derechos Humanos, en la Condusef, para reclamar el reembolso de su dinero pero no obtuvo respuesta.
En junio de 2019, acudió al Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) y atendió su caso el asesor jurídico Francisco Garrido, quien promovió un juicio oral mercantil en la Ciudad de México. El abogado argumentó que al momento de efectuar las compras, la periodista no otorgó su consentimiento. El argumento se sustentó en el análisis de la ejecutoria de la jurisprudencia por contradicción 16/20219 de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
En la audiencia preliminar no hubo conciliación, ya que el banco sostuvo que no está obligado a cerciorarse de la identidad del tarjetahabiente sino de los establecimientos mercantiles donde se realizaron las transacciones. En la audiencia de pruebas para su desahogo, el IFDP acreditó todo puntualmente, mientras el banco se desistió de la prueba de confesión para que fuera más ágil el procedimiento.
El 28 de septiembre, la Jueza condenó al banco a reembolsarle a su cliente el dinero de las disposiciones indebidas con intereses legales. En la sentencia señaló que el banco no acreditó que la periodista hubiera dado su consentimiento para realizar las disposiciones. El juicio oral mercantil se llevó a cabo de forma virtual por la pandemia y se resolvió en tan sólo dos semanas.
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