En esos cuatro días, López Obrador hizo un pronunciamiento a favor de Morena ante la probable cancelación del registro de Mónica Rangel como candidata a la gubernatura de San Luis Potosí y también alertó la presunta compra de votos por parte de Adrián de la Garza, abanderado de la coalición PRI-PRD al gobierno de Nuevo León.
Los integrantes de la Sala Superior del Tribunal consideraron que las expresiones realizadas por el presidente no están amparadas por la libertad de expresión, toda vez que fueron emitidas durante la campaña electoral ante diversos medios de comunicación y en un espacio destinado a difundir propaganda gubernamental.
Señalaron que, debido a la relevancia de su cargo y por la autoridad que representa, las manifestaciones que hizo sobre la compra de votos atribuidas a Adrián de la Garza “sí impactaron de manera relevante en la población”.
Ante esto, la Sala Especializada ordenó la implementación de medidas de no repetición consistentes en que el Coordinador de Comunicación Social y Vocería de la Presidencia, Jesús Ramírez, publique en las redes sociales del gobierno, durante cinco días naturales, el extracto de la sentencia.
También instruyó a se elimine de la conferencia de prensa del 11 de mayo difundida en redes sociales del gobierno federal las expresiones que constituyeron las infracciones.
En la “mañanera” del 11 de mayo, el propio López Obrador aceptó que estaba “metiendo las manos en las elecciones” y dijo que seguiría denunciando “posibles” fraudes en las campañas electorales.
Información por FORBES